- 9 julio, 2017
- Publicado por: Administrador
- Categoría: IFRIC, NORMAS EMITIDAS POR EL IASB
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Alcance
Esta Interpretación se aplicará a los instrumentos financieros que están dentro del alcance de la NIC 32,
entre los que se incluyen los instrumentos financieros emitidos a favor de los socios de entidades
cooperativas que constituyen participaciones en la propiedad de dichas entidades. Esta Interpretación no
será de aplicación a los instrumentos financieros que vayan a ser o puedan ser liquidados con instrumentos
de patrimonio de la entidad.